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BONOS:
Los Bonos son títulos valores que incorporan una parte alícuota
de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad
o patrimonio autónomo.
Los bonos pueden ser emitidos tanto por entidades del sector público,
como del sector privado. Los bonos públicos son emitidos tanto
por entes territoriales, como por personas jurídicas del sector
oficial. Ejemplos pueden ser los bonos Santa Fe de Bogotá o
los de Empresas Publicas de Medellín, respectivamente.
Ejemplos de bonos del sector privado pueden ser los bonos ordinarios
emitidos por entidades del sector bancario o compañías
de leasing. |
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Función Económica:
El objetivo, es que los recursos captados con estos bonos, se destinen
a financiar nuevos proyectos de inversión, ampliaciones de
planta, sustitución de pasivos, atención de necesidades
de capital de trabajo, etc. |
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Perfil del Inversionista:
Los Bonos son títulos apropiados para aquellas personas naturales
o jurídicas con excedentes de liquidez a más de un año.
Como la rentabilidad generalmente va ligada a un indicador (DTF, TCC,
IPC, entre otros), éste le permite protegerse de las fluctuaciones
del mercado. Es importante tener en el portafolio de inversiones este
tipo de títulos, ya que en éstos obtenemos generalmente
mejores oportunidades de rentabilidad. |
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Información
Adicional
Función Económica
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Ley
de circulación: Son títulos a la orden.
Se transfieren mediante endoso y entrega del título.
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Valor
nominal: Cada bono tiene un valor nominal determinado
en el reglamento de emisión. |
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Liquidez:
Son libremente negociables en el mercado bursátil
una vez inscritos en Bolsa. |
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Rendimiento:
Devengan intereses periódicos de acuerdo con el
respectivo reglamento de emisión. El rendimiento pactado
en el mercado secundario depende de las condiciones imperantes
en el momento. La mayoría tienen su rendimiento indexado
con base en una tasa de interés variable( DTF, IPC, UVR),
más algunos puntos porcentuales adicionales. |
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Tratamiento
fiscal: Los intereses percibidos están sujetos
a un 7% de retención en la fuente. Bonos emitidos por
entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria a plazos
mayores o iguales a 5 años, la retención en la
fuente es del 4%, la misma norma aplica para los bonos representativos
de deuda pública interna. |
De acuerdo con la Resolución No. 400 de 1995 de la Superintendencia
de Valores y el Código de Comercio, pueden emitir bonos ordinarios,
previa autorización de la Superintendencia de Valores, las
sociedades por acciones y los patrimonios autónomos para efectos
de movilizar activos, las sociedades limitadas, las cooperativas y
las entidades sin ánimo de lucro, en estos dos últimos
casos, siempre y cuando la totalidad del emprésito sea avalado
por un establecimiento de crédito sujeto a la inspección
y vigilancia de la Superintendencia Bancaria. |
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