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BONOS:
Los Bonos son títulos valores que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad o patrimonio autónomo.
Los bonos pueden ser emitidos tanto por entidades del sector público, como del sector privado. Los bonos públicos son emitidos tanto por entes territoriales, como por personas jurídicas del sector oficial. Ejemplos pueden ser los bonos Santa Fe de Bogotá o los de Empresas Publicas de Medellín, respectivamente.
Ejemplos de bonos del sector privado pueden ser los bonos ordinarios emitidos por entidades del sector bancario o compañías de leasing.
Función Económica:
El objetivo, es que los recursos captados con estos bonos, se destinen a financiar nuevos proyectos de inversión, ampliaciones de planta, sustitución de pasivos, atención de necesidades de capital de trabajo, etc.
Perfil del Inversionista:
Los Bonos son títulos apropiados para aquellas personas naturales o jurídicas con excedentes de liquidez a más de un año.

Como la rentabilidad generalmente va ligada a un indicador (DTF, TCC, IPC, entre otros), éste le permite protegerse de las fluctuaciones del mercado. Es importante tener en el portafolio de inversiones este tipo de títulos, ya que en éstos obtenemos generalmente mejores oportunidades de rentabilidad.
Información Adicional Función Económica

Ley de circulación: Son títulos a la orden. Se transfieren mediante endoso y entrega del título.
Valor nominal: Cada bono tiene un valor nominal determinado en el reglamento de emisión.
Liquidez: Son libremente negociables en el mercado bursátil una vez inscritos en Bolsa.
Rendimiento: Devengan intereses periódicos de acuerdo con el respectivo reglamento de emisión. El rendimiento pactado en el mercado secundario depende de las condiciones imperantes en el momento. La mayoría tienen su rendimiento indexado con base en una tasa de interés variable( DTF, IPC, UVR), más algunos puntos porcentuales adicionales.
Tratamiento fiscal: Los intereses percibidos están sujetos a un 7% de retención en la fuente. Bonos emitidos por entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria a plazos mayores o iguales a 5 años, la retención en la fuente es del 4%, la misma norma aplica para los bonos representativos de deuda pública interna.

De acuerdo con la Resolución No. 400 de 1995 de la Superintendencia de Valores y el Código de Comercio, pueden emitir bonos ordinarios, previa autorización de la Superintendencia de Valores, las sociedades por acciones y los patrimonios autónomos para efectos de movilizar activos, las sociedades limitadas, las cooperativas y las entidades sin ánimo de lucro, en estos dos últimos casos, siempre y cuando la totalidad del emprésito sea avalado por un establecimiento de crédito sujeto a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.

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